En la reunión de negociación de la convención colectiva 2011-2013, El Presidente de Fetratel, José "Siguaraya" Mora, aprobó los siguientes acuerdos con los representantes de la Cantv:
AUMENTO POR PRODUCTIVIDAD A PARTIR DEL 18/06/11
RANGO 1 1548,22 ---2999,00 28% INCREMENTO
RANGO 2 3000,00 ---4999,00 23% INCREMENTO
RANGO 3 5000 en adelante 18% INCREMENTO
AUMENTO POR PRODUCTIVIDAD A PARTIR DEL 18/06/12
100% DEL LOGRO POR PRODUCTIVIDAD MENSUAL
26 trabajadores que aparecen con 0% de logro; NO recibiràn incremento por productividad, hasta tanto la Comisión Bipartita Empresa-Siguaraya, que se instalará el 17 de Enero de 2012, asi lo resuelva.
EL INCREMENTO SALARIAL APLICA DE ESTA MANERA:
SALARIO ACTUAL + 200 + % DE AUMENTO
AUMENTO POR PRODUCTIVIDAD A PARTIR DEL 18/06/12
100% DEL LOGRO POR PRODUCTIVIDAD MENSUAL
Nª34 SERVICIO TELEFONICO
Nª 49 ATENCION PRIMARIA EN SALUD (Trabajadores y su grupo familiar que disfrutaban de la antigua clàusula 49, fueron desmejorados en este ilegal acuerdo)
Nª 53 ATENCION MEDICA PARA LA RECUPERACION Y MEJORAMIENTO DE LA SALUD;
Cobertura 110.000,oo , Maternidad 100% pagada por la empresa; medicinas genericas 100%, medicinas comerciales 6000 por año, 100% DE LA PRIMA PAGADA POR CANTV.
Nª 54 FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR ; Contribución Bs. 20000,00 y 1600 Bs Contribución especial.
Nª 63 CONTRIBUCION PARA FETRATEL.
Nª 64 OTRAS CONTRIBUCIONES.
Nª 65 CONTRIBUCIONES PARA LOS SINDICATOS.
Nª 72 VIATICOS Y TRASLADOS SINDICALES.
ANEXO "C" PLAN DE JUBILACIONES:
Bono Solidario: 500;00 Bs hasta 4.000 Bs de Pensión Mensual.
La antigua Clàusula Nº 49, se convierte en el articulo Nº 15 de este Anexo.
Caja de Ahorros: Beneficio negado por la empresa.
Fallecimiento del Jubilado: 20000 Bs y Contribución Especial Bs 2000
Anteojos: 300 Bs.
REGIMEN CONTRIBUTIVO POR LA LEY DEL ESTATUTO DE LAS PENSIONES DE JUBILACION: DESCUENTO A LOS TRABAJADORES ACTIVOS DE 3% DEL SALARIO-
ANEXO "A" LISTA ALFABETICA Y CLASES DE CARGOS
ANEXO "B" REGIMEN DE REMUNERACION POR PRODUCTIVIDAD
ANEXO "I" (CLUBES SOCIALES)
ANEXO "J" (CONTRIBUCIONES PARA EL 1º DE MAYO)
ONCE BOLIVARES CON SIETE, (11,7 Bs), por cada trabajador afiliado al Sindicato
Los representantes de los trabajadores jubilados, Rafael Noguera y Manuel Martinez, manifestaron su desacuerdo con los alcances del Anexo "C" y exigieron que el Bono Solidario se calculara en un 75% sobre el valor del monto aprobado para los trabajadores activos. Asimismo, reclamaron el aporte patronal de la Caja de Ahorros, sin embargo, todas estas solicitudes fueron negadas rotundamente por la empresa.
LAS CLAUSULAS QUE AUN QUEDAN POR RECIBIR EL BUEN PROVECHO PARA LA EMPRESA:
Nº 70 PERMISOS SINDICALES REMUNERADOS
Nº 80 INSTRUCCIONES SOBRE LA APLICACIÓN DEL CC
Nº 80 INSTRUCCIONES SOBRE LA APLICACIÓN DEL CC
Nº 83 DURACION Y EFECTOS DE ESTA CONVENCION
Nº 84 INICIACION DE LAS NEGOCIACIONES DE LA PROXIMA CONVENCION.
EL REMATE ES,
FIJARLE FECHA EFECTIVA A LA CONVENCIÓN COLECTIVA A PARTIR DE ENERO 2012
PARA EXTENDER LA VIGENCIA HASTA EL 2014
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