SINDICATO
UNICO DE TELECOMUNICACIONES
DEL ESTADO ANZOATEGUI
SUTEA
“DESACATO”
El
desacato, o desobediencia a la autoridad, en el ordenamiento jurídico
venezolano, es el delito que se comete calumniando, injuriando, insultando o
amenazando a una autoridad o un funcionario público en el ejercicio de sus
funciones, una falta de respeto a la autoridad.
El desacato
nace en la Roma Republicana y florece durante el Imperio. Pero es en el siglo
XV, cuando se democratizó la información y produjo un torrente de difamaciones
y críticas a las monarquías y sus ministros, surgiendo la restricción previa,
conocida también como publicación por licencia, aplicada a los autores de
“escritos disidentes”, acusados de traición y juzgados por desacato. A mediados
del siglo XVII salió a luz el libelo criminal (sedicioso). Este ingenioso artificio
legal no sólo que no permitía la verdad como defensa, sino que mientras más
verídica era la crítica al gobierno o sus ministros, más grave era el delito
cometido.
En
Venezuela el desacato tiene como objeto tutelar la reputación y honor de las
instituciones públicas y de los funcionarios del Estado. El Código Penal tipifica
los delitos de desacato con las denominaciones de Vilipendio y Ultraje a
Funcionarios.
En
la Cantv socialista, es común y corriente desacatar a las Inspectorías del
Trabajo, hacer caso omiso de las providencias administrativas del Ministerio
del Trabajo (MPPPST), que ordenan el reenganche y pago de salarios caídos a los
trabajadores despedidos sin causa justificada (en Anzoátegui van 3 casos de
desacato), aunque parezca una fábula “el Estado Cantv desacata al Estado MPPPST”,
no sabemos si este comportamiento se trata de una herencia de la monarquía
absolutista del siglo XIX, o es una herramienta de ataque “legal”, para que los
Gerentes, Coordinadores y demás actores políticos, persigan a los trabajadores,
convirtiendo el desacato en un delito político, usado por estos delincuentes (el
desacato es un delito) para defender sus privilegios y el desastre en que han
convertido a la Cantv.
Recientemente
el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictó una condena de 12 meses de cárcel a
un conocido alcalde, por desacatar un amparo constitucional. En el caso
laboral, al negarse a cumplir un reenganche, el patrono incurre en desacato a
la autoridad, delito castigado con prisión de 15 días a 6 meses, como mecanismo
de protección al trabajo. …….. ¿En Cantv quién asume este delito?..... ¿Quién
es el responsable?...
Según
la LOTTT podría ser tomado como infractor al representante de la empresa que se
encuentre presente en el momento del reenganche, pero, ¿Por qué no? el
representante del patrono que despidió ilegalmente al trabajador, el firmante
de la carta desgraciada puño y letra de su malignidad. ¿El Ministro Manuel
Fernández está consciente qué desacata al Ministro Jesús Martínez?….. ¿Entre
Ministros pisándose la Ley?
El
desacato puede ser por: desobediencia, irrespetuosidad, descaro,
insubordinación, insumisión, rebeldía, desconsideración, desatención,
descortesía, irreverencia, y su correcta aplicación depende si tenemos un
gobierno transparente y honesto, o un régimen totalitario y despótico,
recordemos una famosa frase: “Al poder ejecutivo hay que mirarlo siempre con
mucha atención y sospecha”.
¡Para castigarme por mi desacato a la
autoridad, el destino me hizo a mí mismo autoridad!
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