lunes, 30 de enero de 2012

COMUNICADO DEL SINDICATO DE MARACAIBO (S.T.T.Z.)

DESPOJOS Y DESMEJORAS
DEL C.C. 2011-2013.



Anexo “C”: Plan de Jubilaciones. C.C. 2009-2011: Aplica a todos los trabajadores de CANTV que cumplan con los requisitos para optar a una jubilación. No es contributivo pero, según el Art. #16 del plan, puede serlo, para permitir a los jubilados mantener el poder adquisitivo de sus beneficios.
C.C.2011-2013: No aplica para los trabajadores que ingresen a CANTV en fecha posterior a la homologación, estarán amparados por la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios de la Administración Pública Nacional, es obligatoriamente contributivo, teniendo que pagar, mínimo el 3% del salario, pero no prevé la revisión de las pensiones para mantener el poder adquisitivo. DESMEJORADA.

Cláusula N° 2, numeral 22: Definiciones. C.C. 2009-2011: Define el salario con todos los conceptos que lo componen; Gratificaciones, Primas, Bonos, Sobre bonos, Utilidades, Bono Vacacional, Sobre tiempo, etc. C.C.2011-2013: El concepto de salario lo suprimieron y lo regresaron a la vieja y desmejorada definición, estableciendo que: el salario es la remuneración diaria o mensual que recibe el trabajador a cambio de su labor, en los términos previstos en el Artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo. DESMEJORADA.

Cláusula 49: Servicios Médicos y Odontológicos. C.C. 2009-2011. Los trabajadores que laboran en las localidades donde el Seguro Social no presta el servicio total o parcial reciben, entre otros beneficios de salud, el 100% de los honorarios médicos para intervenciones quirúrgicas y obstétricas, con cobertura de hospitalización ilimitada. CANTV reconoce el 75% del costo de las medicinas para todos los casos. El grupo familiar también recibe estos beneficios en igualdad de condiciones, padre, madre, cónyuge e hijos hasta los 21 años, estudiantes y solteros.
C.C. 2011-2013: Atención Primaria de Salud. (Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad). Con este cambio de nombre, se refiere a que la CANTV ejecutará programas de educación y formación para la promoción de la calidad de vida y salud, dirigida a los trabajadores y sus familias. Programas de prevención de enfermedades. La Atención Primaria de Salud (APS), busca prevenir enfermedades y mantener la salud de los trabajadores. Las acciones de prevención de enfermedades se ejecutarán mediante consultas médicas y exámenes de apoyo requeridos, pagados por la empresa según baremos levantados por CANTV y la Ley que rige la materia ¿Cuál?. La cantidad de consultas y de exámenes, se limita a lo que establece un cuadro que anexan!!!!. DESPOJO.

Cláusula 53:Seguro de Hospitalización Cirugía y Maternidad. C.C. 2009-2011. Prima básica de Bs. 30.000,oo más cuatro excesos; el máximo exceso, con cobertura de hasta Bs. 110.000,oo. El ambulatorio cuenta con cobertura para gastos de medicinas, marcas comerciales, hasta Bs. 18.000,oo. El trabajador paga el 21% de la prima anual y el costo del exceso.
C.C. 2011-2013. Atención Médica para la Recuperación de la Salud. Con este cambio de nombre, la cobertura es igual Bs. 110.000,oo y CANTV cubre el 100% del costo, pero crea un baremo de precios por servicios médicos, cuyo diferencial de precios con los centros hospitalarios o clínicas, los tiene que pagar el trabajador. Los trabajadores que cubría la anterior cláusula 49 (localidades donde el IVSS no presta servicios total o parcial) los despojaron de sus condiciones de asistencia médica: ahora el trabajador y su grupo familiar, tendrán límite para intervenciones quirúrgicas y obstétricas de Bs. 110.000,oo por diagnostico, en las especialidades que el Seguro Social preste; y el 75% de las medicinas solo aplicará en las especialidades que el IVSS no preste y cuando se trate de las que preste, aplicará hasta Bs. 6.000,oo por persona por año; al agotarse estos montos, el trabajador tendrá que pagar el 100% de los gastos. Si las medicinas prescritas son genéricas, CANTV cubre el costo. Si existen diferencias entre el baremo de CANTV y la clínica o establecimiento de salud, el trabajador pagará las diferencias. DESPOJO.
Son despojos y desmejoras de carácter reivindicativo, social, violaciones de orden constitucional, legal y contractual, desconocimiento del efecto expansivo de la Convención Colectiva y de las sentencias del TSJ, pero sobre todo, un atentado directo contra la salud del trabajador y su grupo familiar. Una atrocidad como esta, no tiene parangón en la historia laboral de CANTV, sin duda, la historia los condenará.

domingo, 29 de enero de 2012

ME SUMAN 200Bs PRIMERO PARA CALCULARME EL AUMENTO FINAL CON UN 5% MENOS

CONVENCION COLECTIVA 2011-2013

OTRA PERLA MAS DEL COLLAR DE INCONSECUENCIAS!!!

La fórmula para calcular el incremento de salario que, los entreguistas de beneficios sociales y salariales acordaron con los representates patronales, arrebata una parte del aumento a un factor mayoritario de trabajadores, esta es una demostración más del estado de indefensión en el cual se encuentran los trabajadores y sus beneficios, frente a la agresiva acción de despojo y menoscabo de beneficios que la empresa y sus colaboradores mantienen.

FORMULA ACORDADA
POR LOS ENTREGUISTAS

  SALARIO            AUMENTO LINEAL        %DE INCREMENTO     SALARIO FINAL
   2800               200                        23%                   3690



FORMULA QUE BENEFICIABA
A MAYOR NUMERO DE TRABAJADORES

   SALARIO         %DE INCREMENTO            AUMENTO LINEAL   SALARIO FINAL
  2800                28%                           200                3784

La diferencia que existe en el salario final de ambas fórmulas, más los efectos sobre el resto de los conceptos que componen el salario y su pago retroactivo, evidencian el tumbe sin anestesia que le aplicaron a un importante y mayoritario factor de trabajadores!!!

LOS BENEFICIOS SALARIALES NUNCA TENDRAN EL ALCANCE NI EL VALOR CUALITATIVO Y CUANTITATIVO
QUE ADQUIEREN  EN EL TIEMPO LOS BENEFICIOS SOCIALES

sábado, 28 de enero de 2012

CON FALACIAS SE PRETENDE CONVENCER LA BUENA VOLUNTAD DE LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS

En un triste y falacioso acto politico y de bajo impacto en el ánimo de los trabajadores, activos, jubilados y pensionados de la Empresa CANTV,  se presentó por ante las càmaras del canal de "todos" los venezolanos, el Ministro de Ciencia y Tecnologia Jorge Arreaza, aduciendo que la revolución que representa, le concediò a los Trabajadores Jubilados, el beneficio de la atenciòn ilimitada de los servicios mèdicos para intervenciones quirùrigicas  y obstètricas, falacia que condenamos porque ese beneficio històrico, es una conquista de la clase trabajadora Cantevista, con CINCUENTA (50) AÑOS de vigencia, lo que si es cierto es que, la misma revoluciòn que señala el ciudadano ministro, despojò  de ese extraordinario beneficio a los trabajadores que laboran en localidades donde el IVSS no presta servicios, esto es, de la atenciòn ilimitada por intervenciones quirùrgicas y obstètricas   para  el trabajador y su familia. Es posible que esto no lo sepa el ministro, por lo menos, (el  beneficio de la duda queda),pero su acompañante, el que vestia de Chaqueta de Cantv y gorra negra, lo sabe de sobra, lo sabe tanto que terminò entregando este beneficio en bandeja de plata, el mismo beneficio que años atràs la Transnacional  Verizon, intentò arrebatarnos para acumular mas ganancias a sus robustas finanzas, cosa que no pudo lograr la empresa capitalista; gracias a la trinchera de lucha y de fèrrea defensa en la que participamos todos los que hoy cobardemente ataca el defenestrado luchador social; valièndose de la ventaja que le ofrece la càmara  de TV y un micròfono; acto cobarde que demuestra la falta de voluntad que carece, para enfrentar  a quienes lo conocemos. LOS TRABAJADORES ACTIVOS Y JUBILADOS SABEMOS LO QUE PASA!!!!  "SIGUARAYA    NO   HAGAS MAS ESFUERZOS POR INTENTAR CONVENCER A LOS TRABAJADORES DE UNOS SUPUESTOS LOGROS Y BENEFICIOS QUE NO SE VEN NI CON LA CLARIDAD DEL DIA" !!!

LOS VALIENTES ATACAN A SUS ADVERSARIOS CUANDO ESTAN DADAS LAS CONDICIONES 
 PARA EL DEBATE POLITICO!!!